Te acompañamos en el reencuentro con tus raíces italianas
Analizamos tu árbol genealógico con la ley vigente, conseguimos las partidas y armamos tu carpeta para que llegues al Consulado, a la Comune o al Tribunal con todo en regla.
En marzo de 2025 Italia restringió la ciudadanía por descendencia: el Decreto-Ley 36/2025 fue convertido en la Ley 74 del 23 de mayo de 2025, vigente desde el 24 de mayo de 2025. Antes de iniciar o continuar un trámite, es clave saber en qué situación está tu familia.
Pueden seguir tramitando
Quienes tienen padre/madre o abuelo/a que tenga, o haya tenido al fallecer, únicamente la ciudadanía italiana.
Quienes, antes de las 23:59 (hora de Roma) del 27 de marzo de 2025, presentaron la solicitud con la documentación completa, tenían un turno ya comunicado por el consulado o la Comune, o iniciaron el juicio.
Hijos de un padre o madre que, después de adquirir la ciudadanía italiana, haya residido 2 años continuos en Italia antes del nacimiento.
Quedaron alcanzados por la restricción
Bisnietos y generaciones anteriores que no habían iniciado el trámite antes del 27/03/2025.
Nietos cuyo abuelo/a italiano adquirió otra ciudadanía (por ejemplo, se naturalizó argentino).
Para estos casos, hoy la única alternativa es la vía judicial, con planteos de inconstitucionalidad.
Estado de la discusión judicial
La Corte Constitucional italiana rechazó un primer planteo (sentencia 63/2026).
En julio de 2026 (ordenanza 147/2026) envió consultas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la ley.
La cuestión sigue abierta. Te contamos si conviene iniciar ahora, esperar o preparar la documentación.
Fuente: Consulado General de Italia en Buenos Aires. Información general y orientativa: no reemplaza el análisis de tu caso concreto.
Autoevaluación en 1 minuto
¿Mi caso califica?
Respondé tres preguntas y te orientamos sobre el camino posible. Después, lo confirmamos en una consulta con el análisis de tus partidas.
Pregunta 1 de 3
¿Iniciaste el trámite antes del 27 de marzo de 2025?
Solicitud presentada con la documentación completa, turno ya comunicado por el consulado o juicio iniciado en Italia.
Pregunta 2 de 3
¿Quién es tu antepasado italiano más cercano?
Pregunta 3 de 3
¿Esa persona tuvo únicamente la ciudadanía italiana?
Es decir, nunca se naturalizó argentino ni adquirió otra ciudadanía (o no la tenía al fallecer).
Tu trámite se rige por las reglas anteriores
Si antes del 27/03/2025 presentaste la carpeta completa, tenías un turno comunicado o iniciaste el juicio, se aplican las reglas anteriores. Te ayudamos a completar o actualizar la documentación y a hacer el seguimiento.
Muy probablemente puedas tramitarla
Tu caso encaja en las excepciones de la Ley 74/2025. El siguiente paso es reunir las partidas de cada generación y verificar que no haya errores ni naturalizaciones.
Hay que analizarlo en detalle
La fecha de naturalización y la ciudadanía que tenía tu antepasado definen el caso. Lo verificamos con el certificado de la Cámara Nacional Electoral y te decimos qué alternativas hay.
Hoy, solo por vía judicial
Para bisnietos y generaciones anteriores, la vía administrativa está cerrada. Existe la vía judicial con planteos de inconstitucionalidad, mientras el tema se discute en la Corte Constitucional y el TJUE. Te explicamos los riesgos, costos y tiempos.
Es el camino para los casos de línea materna anteriores a 1948 y para quienes quedaron alcanzados por la Ley 74/2025. Lo llevamos adelante con abogados matriculados en Italia.
No necesitás viajar: te representamos con un poder
Varios familiares pueden presentarse en un mismo juicio y compartir costos
Reunimos y rectificamos las partidas de cada generación, con traducción y legalización.
Poder y demanda
Firmás un poder y presentamos la demanda ante el Tribunal que corresponde según el lugar de nacimiento de tu antepasado.
Proceso y sentencia
Seguimos el expediente y las audiencias en tu nombre, y te informamos cada novedad.
Transcripción y pasaporte
Con la sentencia, se transcriben las actas en la Comune, te inscribimos en el AIRE y tramitás el pasaporte.
Metodología
Cómo trabajamos
Consulta inicial
Nos contás tu historia familiar y coordinamos una videollamada.
Dictamen
Revisamos la documentación y te decimos si procede, qué falta y qué vía conviene.
Documentación
Buscamos partidas, rectificamos errores, traducimos y armamos la carpeta.
Presentación y seguimiento
Te acompañamos en el consulado, en Italia o en el juicio hasta el reconocimiento.
Por qué hacerlo
Beneficios de la ciudadanía italiana
Además del vínculo con tu historia familiar, ser ciudadano italiano es ser ciudadano de la Unión Europea.
Vivir, trabajar y estudiar en cualquier país de la UE
Libre circulación en el espacio Schengen
Ingreso a EE.UU. con ESTA, sin visa consular
Acceso a becas y posgrados europeos
Transmitir la ciudadanía a tus hijos
Asistencia consular de Italia y de la UE en el mundo
Nuestro equipo
Abogados en Argentina y en Roma
Ya ayudamos a más de 10.000 clientes a reencontrarse con sus raíces italianas.
Mateo Schettino
Abogado y Escribano · Tandil
Abogado (UNLP, 2015) y Escribano (2019). Especialización en Derecho Público. Cursando el Master en International Law & Business en la Rome Business School.
Magdalena Perilli
Abogada · Roma
Abogada (UNLP), con trayectoria en el fuero Civil y Comercial. Vive en Roma y coordina la asistencia en Italia.
Sofía Pacchioni
Abogada
Abogada del equipo de gestión de casos y documentación.
Preguntas frecuentes
¿En qué podemos ayudarte?
Si no encontrás tu respuesta, escribinos y te la respondemos.
Soy bisnieto de italianos y no había empezado el trámite. ¿Ya no puedo?
Por vía administrativa (consulado o Comune), con la ley vigente, no. Sí es posible iniciar un juicio en Italia planteando la inconstitucionalidad de la Ley 74/2025. Es un tema abierto: la Corte Constitucional rechazó un primer planteo, pero en julio de 2026 remitió consultas al Tribunal de Justicia de la UE. Evaluamos con vos si conviene iniciar ahora o preparar la documentación y esperar.
Mi abuelo era italiano. ¿Puedo tramitarla?
Sí, siempre que tu abuelo o abuela haya tenido únicamente la ciudadanía italiana (o la tuviera solo a ella al fallecer). Si se naturalizó argentino, hay que analizar la fecha y las alternativas.
Ya tenía turno o carpeta presentada antes del 27/03/2025. ¿Me afecta?
Depende. Siguen la normativa anterior: las solicitudes entregadas con la documentación completa antes de las 23:59 (hora de Roma) del 27/03/2025; las presentadas, también completas, en un turno que el consulado comunicó por Prenot@mi antes de esa fecha y hora; y los juicios iniciados antes de ese momento. Si la carpeta estaba incompleta, se aplica la nueva ley.
Mi padre ya es ciudadano italiano. ¿Mis hijos menores también?
Hay dos supuestos, ambos mediante una declaración de los padres en el consulado, sin costo. 1) Si uno de los padres es ciudadano italiano desde el nacimiento, la declaración debe presentarse dentro de los 3 años del nacimiento del hijo. 2) Si el hijo era menor de edad al 24/05/2025 y sus padres fueron reconocidos por una solicitud o juicio iniciado antes del 27/03/2025, el plazo vence el 31/05/2029. En ambos casos el hijo es ciudadano desde el día siguiente a la declaración, no desde el nacimiento.
¿Qué documentación se necesita?
Según el Consulado: acta de nacimiento del antepasado italiano emitida por su Comune; actas de nacimiento de todos los descendientes en línea recta hasta el solicitante; actas de matrimonio del antepasado y de los descendientes (incluida la de tus padres); certificado de la Cámara Nacional Electoral que acredite que el antepasado no se naturalizó antes del nacimiento de su hijo; y certificado de no renuncia. Las actas extranjeras van con traducción oficial al italiano.
¿La documentación debe estar traducida?
Sí, con traducción oficial al italiano, idealmente hecha por un traductor público. En Argentina, la firma del traductor se legaliza en el Colegio de Traductores y la traducción también se apostilla (la llamada «doble apostilla»). El Consulado no hace traducciones. En Italia, las traducciones se aseveran ante el Tribunal.
¿Las partidas tienen vencimiento?
Las actas argentinas no tienen un vencimiento fijo, pero el Consulado puede pedir documentación actualizada. En Italia, según la Comune, suelen exigir que tengan menos de 6 meses o 1 año de emitidas.
¿Hay que apostillar las partidas?
Sí. Argentina e Italia son parte de la Convención de La Haya, por lo que las actas del Registro Civil deben llevar la Apostilla, que en Argentina emite la Cancillería o el Colegio de Escribanos. La traducción también se apostilla. Así el documento es válido en Italia sin pasar por el consulado.
Mis padres o abuelos nunca pidieron la ciudadanía. ¿Puedo pedirla igual?
Sí. No es necesario que tus ascendientes tengan la ciudadanía reconocida, siempre que la línea cumpla los requisitos de la ley vigente.
Mi hermano o primo ya la tiene. ¿Me la puede transmitir?
No. La ciudadanía se transmite solo en línea recta (de padres a hijos). Si se reconoció en tu mismo consulado, puede que no tengas que presentar toda la documentación de nuevo.
¿Qué interrumpe la transmisión de la ciudadanía?
Principalmente, que el antepasado italiano se haya naturalizado argentino (u otra ciudadanía) antes del nacimiento de su hijo; se verifica con el certificado de la Cámara Nacional Electoral. Además, si se naturalizó argentino después del 12/09/1974, conservó la ciudadanía italiana solo si adhirió al Acuerdo ítalo-argentino de doble ciudadanía. Y el hijo menor que convivía con un padre naturalizado antes del 16/08/1992 pudo haberla perdido.
Desciendo de una mujer italiana y mi ascendiente nació antes de 1948.
Por vía administrativa, la línea materna solo transmite la ciudadanía a hijos nacidos después del 1/1/1948. Si tu ascendiente nació antes, el reconocimiento es por vía judicial en Italia. Analizamos además si tu línea encuadra en las excepciones de la Ley 74/2025.
Mi padre o abuelo nació en Italia y perdió la ciudadanía. ¿Puede recuperarla?
Sí, por un plazo limitado. La Ley 74/2025 reabrió la readquisición para ex ciudadanos nacidos en Italia (o que residieron allí 2 años continuos) que la perdieron antes del 15/08/1992, por ejemplo al naturalizarse. La declaración se presenta en el consulado entre el 01/07/2025 y el 31/12/2027. Se readquiere desde el día siguiente a la declaración, no desde el nacimiento.
¿Qué incluye la asistencia en Italia?
Control de carpeta, videollamada informativa, asesoramiento personalizado, búsqueda de alojamiento, traducciones y aseveraciones (opcional), redacción de formularios y acompañamiento a las oficinas.
¿Cómo es el proceso?
Fase 1: control de carpeta con dictamen y videollamada. Fase 2: fijamos fecha, buscamos alojamiento y abrimos un grupo de WhatsApp con el equipo. Fase 3: a tu llegada te acompañamos en cada gestión.
¿Cuáles son los medios de pago?
Transferencia a nuestra cuenta italiana, PayPal, Western Union, cripto (BTC/USDT) o transferencia en pesos a nuestra cuenta argentina (al tipo de cambio del euro tarjeta del día del pago).
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Respondemos en 24–48 horas hábiles y coordinamos una consulta por videollamada.